En otros casos, el tribunal puede errar en contra de tu demanda, lo que puede ser decepcionante, pero no necesariamente el final de tu camino legal.En cuanto al plazo para exigir cantidades es de un año, en virtud del artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores, desde que la empresa tenía que abonarlo y no lo hizo .Para acudir la demanda exigen